Acuerdo del Consejo Asesor Extraordinario No. 389-2020 del 31 de marzo de 2020

El Consejo Asesor de la Facultad de Artes, en sesión virtual No. 389, celebrada el martes 31 de marzo, a las 2:00 p. m., en concordancia con la declaratoria de emergencia nacional emitida por el Gobierno (Decreto Ejecutivo No. 42227-MP-S); la Resolución R-95- 2020 de la Rectoría, emitida el 16 de marzo del 2020; y la Resolución VD-11417-2020, emitida el 27 de marzo del 2020; comunica lo estipulado en el documento adjunto, siendo lo más relevante lo siguiente:

ACUERDA

1. Reanudar los cursos a partir del lunes 13 de abril de 2020. Mientras las condiciones de confinamiento se mantengan, esto implica, en el caso de los cursos teóricos, retomar las clases virtuales; en cuanto a los cursos teórico-prácticos y prácticos, adaptar los contenidos que sean posibles al entorno virtual, idear soluciones tentativas y preparar actividades remediales virtuales que contribuyan a no detener los procesos de enseñanza. Todo ello mientras la Institución encuentra soluciones a los aspectos formales ligados a los diversos procesos administrativos relacionados con la gestión de los cursos, entre otros. Cada una de las personas docentes deberá adaptar y ajustar los contenidos de los cursos dentro del calendario del ciclo lectivo I-2020. Asimismo, se continuará con acciones fundamentales de apoyo a las labores sustantivas de investigación y de acción social.

2. Cada docente deberá conocer la capacidad de acceso a internet que tiene el grupo de estudiantes matriculado en su(s) curso(s). En caso de estudiantes que no acceden a la plataforma virtual, se recomienda otorgarles el beneficio de la duda. En ese sentido, hacemos un llamado a mantener una actitud empática, sensible y democratizante hacia el estudiantado, en esta situación que genera estrés, ansiedad y hasta cuadros depresivos.

3. Instar a las personas docentes a dar acompañamiento académico, ya sea por teléfono o mensajes, a aquellos y aquellas estudiantes que tengan una baja conectividad o ninguna, producto de su entorno inmediato y que son los que vivirán, probablemente, los días más difíciles en esta crisis.

4. La circular VD-9374-2016 indica que Mediación Virtual es la plataforma institucional de aulas virtuales. Por ello, cada uno de los cursos que se desarrollarán bajo esta modalidad, debe estar inscrito en la plataforma de Mediación Virtual. Se pueden utilizar otras plataformas, siempre y cuando se puedan vincular a Mediación Virtual. Asimismo, los programas del curso deben ser adaptados de manera que haya congruencia entre los contenidos reformulados y las nuevas modalidades de evaluación.

5. Las direcciones de las unidades académicas de la Facultad mantendrán actualizada la lista de cursos que se encuentren trabajando de manera virtual. También formularán planes de atención remedial para dar continuidad al proceso de formación y del plan de estudios, así como para atender situaciones individuales de los y las estudiantes que así lo requieran.

 

La totalidad del documento la encuentran en http://teatro.ucr.ac.cr/sites/default/files/2020-04/FA-94-2020%20Comunicado%203%20reunio%CC%81n%20del%2031-03-2020.pdf